Confirma UP plagio en tesis de EPN pero se dice imposibilitada para proceder en contra

Ciudad de México.- La Universidad Panamericana (UP) confirmó que en la tesis presentada por Enrique Peña Nieto para obtener el grado de licenciatura se identificaron “ideas ajenas no citadas”; sin embargo, se dijo imposibilitada para proceder en ningún sentido.
De acuerdo con un comunicado emitido la noche del pasado domingo 28 de agosto, la Facultad de Derecho de la UP indicó que en el proceso de titulación realizado en 1991 se cumplió con los requisitos de tiempo y forma vigentes.
Sin embargo, en una revisión exhaustiva de la tesis se identificaron “ideas propias, ideas ajenas citadas e ideas ajenas no citadas” en al menos cinco modalidades como son: “reproducciones textuales de fragmentos sin cita a pie de página ni en el apartado de la bibliografía” y “casos en los que da crédito al autor original, pero no a la fuente de la que fue tomada la cita”.
En el escrito, la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana califica a este plagio como un “caso sin precedentes” y advirtió que no existe en el marco regulatorio de la universidad alguna disposición aplicable contra el proceso de titulación.
Encima, la universidad aclara que el Reglamento General de la institución no es aplicable para ex alumnos.
“Estamos frente a un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido”, puntualiza el boletín. (Con información de agencias)
Aquí el comunicado completo:
Ciudad de México, a 28 de agosto de 2016.
A la comunidad UP:
La Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, congruente con sus principios institucionales, informa que ha revisado el desempeño de la entonces Escuela de Derecho, en el proceso de titulación del exalumno Enrique Peña Nieto referente a la tesis “El Presidencialismo Mexicano y Álvaro Obregón” llevado a cabo en el año de 1991.
La revisión identificó lo siguiente:
El procedimiento de titulación cumplió con los requisitos de tiempo y forma vigentes en 1991.
La tesis presenta ideas propias, ideas ajenas citadas e ideas ajenas no citadas.
Se encontraron cinco formas de tratamiento de ideas ajenas:
• Reproducciones textuales de fragmentos de obras publicadas anteriormente de acuerdo a estándares académicos.
• Reproducciones textuales de fragmentos sin cita a pie de página ni en el apartado de la bibliografía.
• Reproducciones textuales en las cuales no existe cita a pie de página pero sí referencia en el apartado de bibliografía.
• Reproducciones textuales en las que se da crédito al autor de forma ambigua o imprecisa.
• Casos en los que se da crédito al autor original, pero no a la fuente de la que fue tomada la cita.
De lo anterior, la Facultad de Derecho procedió a la búsqueda de reglas que permitieran responder a un hallazgo de esta naturaleza y concluyó que:
1) Se trata de un caso sin precedentes en el que no existen disposiciones en los cuerpos regulatorios aplicables a ese procedimiento de titulación. Se solicitó una consulta técnica a la Universidad Nacional Autónoma de México para que confirme por escrito este criterio.
2) El Reglamento General de nuestra institución no es aplicable a ex alumnos.
3) Estamos frente a un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido.
Comunicación Institucional
Universidad Panamericana
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